Igualmente, pueden existir una o varias personas como herederos de un conjunto de derechos, que son transmitibles por herencia y perteneciente al difunto. Por tanto, el sucesor o heredero obtiene los derechos y deberes de la persona fallecida, por vitud del hecho de la muerte del mismo.
Asimismo, la sucesión hereditaria comprende todos los derechos, obligaciones y bienes que no se extinguen con la muerte del difunto.
Por otro lado, la herencia se compone por ACTIVO y PASIVO de la masa hereditaria, es decir, de los bienes y derechos del fallecido.
¿QUÉ ES UN HEREDERO?
Es la persona que se encargaría de todas las relaciones del fallecido, tanto activas como pasivas, que son transmitibles por la muerte del fallecido; salvo los bienes especialmente destinados (legados).
¿QUÉ ES UN LEGATARIO?
Es el sucesor a título singular que adquiere solo bienes, derechos o valores (objetos) particulares, concretos y determinados.
¿QUÉ ES EL TESTAMENTO?
Por medio del testamento se plasma la voluntad de un individuo para que pueda determinar el destino de sus bienes, derechos y obligaciones, y puedan llevarse a cabo después de su muerte.
La sucesión testamentada es un acto voluntario y unilateral de una persona.
¿Pero qué pasa con las deudas del difunto?
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